Cacsol

Reglamento

Reglamento de Crédito

FORMALIDADES.

1) Las solicitudes de crédito podrán ser efectuadas a través de la Página Web de
Cacsol, o por WhatsApp , sin perjuicio de que sean formalizadas posteriormente en
la documentación oficial de la Cooperativa.
2) La Administración proporcionará al Comité de Crédito toda la información necesaria
para poder evaluar cada solicitud y resolver adecuadamente.
3) Las situaciones no previstas en el presente reglamento serán resueltas por el Consejo
Directivo.

REQUISITOS GENERALES PARA REALIZAR OPERACIONES

CREDITICIAS.

4) El socio deberá tener integradas un mínimo de una cuota de ahorro sistemático.
5) En caso de ser trabajador dependiente deberá acreditar una antigüedad mínima de
ocho meses en su empleo y presentar su último comprobante de ingresos.
6) En caso de ser profesional universitario, empresario o comerciante deberá presentar
una certificación notarial y/o contable de sus ingresos y se requerirá que la empresa o
el comercio tenga una antigüedad mínima de un año en el departamento de
Maldonado.
7) Cuando el socio se encuentre con operaciones incumplidas en el Clearing de
Informes, todas sus operaciones crediticias serán cobradas por retención de haberes
salariales y deberán contar con garantía personal.

GARANTIAS.

8) Cuando el socio opere por un monto que supere su capital social, (capital a prestar
más interés), la cooperativa podrá requerirle garantías, dependiendo de la línea de
crédito y el historial crediticio del socio.
9) Las garantías podrán ser: A) Personales B) Hipotecarias C) Prendarias D) Cesión de
derechos de cobranza de contratos E) Cualquier otra que a juicio del Comité de
Crédito o del Consejo Directivo, resulte suficiente afianzamiento del crédito.
10) El Comité de Crédito evaluará en todos los casos las garantías presentadas y se
reservará el derecho de no aceptarlas. En caso de considerarlo necesario, también
podrá solicitar Declaración Jurada de Estado de Responsabilidad Patrimonial con la
certificación notarial correspondiente.
11) Requisitos para ser fiadores personales:
A) Mayor de edad
B) Antigüedad mínima de ocho meses en su empleo en el Departamento de
Maldonado y último comprobante de ingresos.
C) Se podrá ser fiador de dos operaciones crediticias como máximo, siempre que
la suma de las cuotas de los créditos garantizados no superen sus ingresos mensuales.
12) La cooperativa podrá no aceptar como garantías personales a aquellas personas que
desarrollen tareas como obreros u operarios en empresas de alta rotación de personal
(Ejemplo: Construcción, Esquila, etc.)

DISPONIBILIDADES

13) La concesión de créditos estará sujeta a la disponibilidad financiera de la
Cooperativa.
14) No se concederán créditos a los socios cuando estos mantengan saldos pendientes en
la misma línea de crédito.-
15) El Comité de Crédito tendrá la facultad de autorizar las solicitudes de préstamos que
excedan el monto máximo establecido en cada línea de crédito hasta un 10%.
16) Cuando la demanda supere la disponibilidad existente se procederá de la siguiente
manera:
A) Se tendrá en cuenta la fecha de presentada la solicitud
B) Se podrán establecer limitaciones en los montos a prestar a cada socio.

INCUMPLIMIENTOS.

17) En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas se procederá de la
siguiente manera:
A) A los 10 días de vencidas se le comunicará al socio.
B) A los 30 días de vencidas se le comunicará al socio y sus garantías.
C) A los 50 días de vencidas se enviará la deuda a retención salarial y/o se
gestionará el cobro por la vía jurídica.
D) Sin perjuicio de lo estipulado anteriormente se aplicará sobre el saldo de la
deuda el recargo por mora correspondiente.
E) La Cooperativa se reserva el derecho de comunicar al Clearing de Informes la
situaciones de moras y atrasos de los socios deudores.
18) En caso de incumplimiento de las obligaciones contraídas por parte de socios que
sean trabajadores del rubro construcción, se procederá de la siguiente manera:
A) A los 5 días de vencidas se le comunicará al socio y a sus garantías.
B) A los 20 días de vencidas se enviará la deuda a retención salarial a sus
garantías y/o se gestionará el cobro por la vía judicial.
19) Sin perjuicio de lo estipulado anteriormente se aplicará sobre el saldo de la deuda el
recargo por mora correspondiente.
La Cooperativa se reserva el derecho de comunicar al Clearing de Informes las situaciones
de moras y atrasos de los socios deudores

CANCELACIÓN ANTICIPADA

20) Las cancelaciones anticipadas de los créditos operarán de la siguiente manera:
A) En caso de abonar el crédito en efectivo, se cobrará un mínimo del 25% o 60%,
(según la línea) de su monto total (capital más interés). Superado ese porcentaje
se cobrará el interés correspondiente hasta la fecha de pago.
B) En caso de abonar el crédito con partes sociales, no se descontará ningún
interés.
C) Los créditos que se concedan bajo la línea de Consumo Plazo Fijo, no se
podrán cancelar con partes sociales.

OPERACIONES SOBRE COMPRA DE CAPITAL SOCIAL.


21) La compra de capital social al contado permitirá realizar operaciones crediticias de
forma inmediata.
22) En caso de que el socio opte por comprar de capital social en forma financiada,
podrá operar por lo efectivamente comprado hasta el cierre de cada ejercicio anual.

REFINANCIACIONES

23) El socio podrá solicitar refinanciar sus créditos una vez cancelado el 25% de los
mismos (capital prestado más interés), a excepción de la línea Unidades Indexadas
que deberá ser cancelado el 60% de los mismos (capital prestado más interés).

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